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Riba-roja de Túria aprueba subvenciones por valor de 6.000 euros para las asociaciones de fiestas y comisiones de las urbanizaciones

La Junta de Govern refrenda las ayudas económicas dirigidas a fomentar la organización y la celebración de las fiestas locales en el término municipal.

'PARTICIPACIÓN CIUDADANA' 4 de junio de 2024

El Ayuntamiento de Riba-roja de Túria ha aprobado las bases para la concesión de las subvenciones dirigidas a financiar a las asociaciones de fiestas, comisiones de fiestas y las asociaciones de vecinos de las urbanizaciones. Las ayudas económicas se regularán a través del sistema de concurrencia competitiva para el desarrollo de las actividades y los programas festivos correspondientes al año 2024.

El objetivo de esta línea económica se centra en garantizar la celebración de las fiestas que tienen lugar a lo largo del año, correspondientes al verano, las navidades y aquellas con carácter general que sirven como contribución al desarrollo y la consolidación de las costumbres y tradiciones populares. De esta forma, se conseguirá una mayor relación social, cultural, participada y festiva dentro del ámbito de actuación.

El Ayuntamiento de Riba-roja de Túria ha asignado un total de 6.000 euros enmarcados en el Plan Estratégico de Subvenciones aprobado por el pleno municipal para el pago de una parte de los gastos de las fiestas prepagables al 100% a través del reparto de estas bases reguladoras para las asociaciones, las comisiones de fiestas y las asociaciones que se hayan constituido desde el 15 de marzo al 31 de diciembre de este año.

Las bases reguladoras excluyen, a su vez, los programas y las actividades que se puedan financiar a través de otras vías teniendo en cuenta el carácter específico de las mismas, como aquellas propias de asociaciones juveniles, deportivas y de acción social, la compra de enseres o bienes de equipamiento, así como grandes obras de reparación o de inversión que supongan un incremento en el patrimonio de la asociación.

Además, también quedarán fuera de estas asignaciones las facturas que no consten en la relación del anexo de las bases reguladoras y que no aporten su correspondiente justificante de pago, cualquier tipo de actividad que suponga un maltrato animal y vejación al mismo o las actividades que estén previstas en las subvenciones vecinales del año en curso que se lleven a cabo en el término municipal.

Entre los gastos que sí serán subvencionables destacan la materia 1, correspondientes a los castillos hinchables del ocio familiar y la música, la materia 2 con el cine, las representaciones teatrales, cultura y entretenimiento, la materia 2 con los gastos de propaganda, la difusión de evento, merchandaising y publicidad y la materia 4 con los talleres para todos los públicos, el desarrollo comunitario y la dinamización territorial en el ámbito de la fiesta, entre otros.

Además, en la materia 5 se incluyen el proyecto de licencia ambiental, con los planes de emergencias, el seguro de responsabilidad civil y otros conceptos similares, la materia 6 en la que se engloban los alquileres de mesas, sillas, vallas y escenarios portátiles y, por último, cabe añadir la materia 7, en la que se incluyen los alquileres de sanitarios químicos y las altas provisionales de puntos de luz, corriente y decoración de luces festivas.

Las bases reguladoras establecen los criterios objetivos de otorgamiento de la subvención y, en su caso, la ponderación de los mismos y su cuantía individualizada, con un 50% sobre el total -3.000 euros- con un criterio proporcional al número de habitantes censados en la urbanización y otro 50%, es decir, los restantes 3.000 euros, de forma equitativa entre el número de asociaciones que presenten solicitud dentro del plazo establecido.

El concejal de urbanizaciones de Riba-roja de Túria, Rafael Gómez, ha afirmado que estas ayudas económicas “tienen un carácter predominante de dinamización social y vertebración del municipio, en el que las entidades y asociaciones locales cumplen una función esencial a la hora de confeccionar y elaborar las actividades que se desarrollan, posteriormente, durante las fiestas en el término municipal”.