En cumplimiento de nuestros estándares propios exigencia y en base al artículo 24 del Reglamento de Transparencia y Participación Ciudadana, el cual contempla textualmente:
Artículo 24.1 El Ayuntamiento de Riba‐roja de Túria, facilitará otros índices propios de exigencia cuando así se acuerde por el órgano competente en materia de transparencia, acceso a la información pública y reutilización de datos.