¿Qué son los Consejos Sectoriales?
Los Consejos Sectoriales son órganos de participación, información, control y asesoramiento, de naturaleza consultiva en el ámbito municipal. Su finalidad y objetivos son los de facilitar la participación de la ciudadanía y canalizar la información de las entidades asociativas y organizaciones no lucrativas en los asuntos municipales.
Con la aprobación del Reglamento regulador del Consejo General de Participación Ciudadana “Consejo de Pueblo” (BOPV n.º 11 el día 17/01/2017), los Consejos Sectoriales deben funcionar de forma coordinada y bajo la dirección del Consejo General de Participación Ciudadana (art. 3 del Reglamento), en aras de una mayor eficacia y eficiencia en beneficio del ciudadano.
¿Cómo se crean los Consejos Sectoriales?
El acuerdo de creación de cada Consejo será adoptado por el Pleno de la Corporación previo informe del Área o Áreas competentes y del Consejo General de Participación Ciudadana “Consejo de Pueblo” en relación con las iniciativas municipales relativas al sector de actividad propia del mismo, en razón al Consejo que se constituya, y dictamen de la Delegación de Participación Ciudadana.
Este acuerdo contendrá necesariamente el nombre del Consejo, la aprobación de su normativa de funcionamiento si fuese necesaria y la forma de nombramiento o designación de sus componentes, así como la periodicidad de sus sesiones, entre otros. Sus acuerdos tendrán el carácter de informe o petición y no serán vinculantes para los órganos de Gobierno Municipal.
¿Cuáles son las funciones de los Consejos Sectoriales?
:: Informar al Ayuntamiento de Riba-roja de Túria a requerimiento de éste.
:: Presentar iniciativas, sugerencias y propuestas para ser debatidas en los Órganos Municipales correspondientes.
:: Colaborar en los estudios y elaboración de programas, proyectos y disposiciones generales del sector.
:: Proponer conjuntamente soluciones a problemas del sector de actividad a que se refiere el Consejo.
:: Coordinarse con el Consejo General de Participación Ciudadana “Consejo de Pueblo” en todo cuanto afecte a ambos órganos de participación, evitando duplicidades y colaborar con el Ayuntamiento de Riba-roja de Túria en la aplicación de políticas que prevengan situaciones de riesgo, conflictos vecinales y causas de inseguridad y marginación.
Fuente: Departamento de Transparencia, Gobierno Abierto y Participación Ciudadana
Periodicidad: cada vez que se produzca una modificación
Fecha de actualización del texto: marzo 2022
Fundamento jurídico: art. 6.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, y art. 62 del Reglamento de Transparencia y Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria
Indicador del Portal de Transparencia: Portal de Transparencia: Unidad de Transparencia
Indicador del índice de transparencia DYNTRA: —