Presentación de solicitudes de la subvención RIBACTIVA EMPRÉN IV - 2024
'FOMENTO ECONÓMICO Y COMERIO' 16 de abril de 2024
El Ayuntamiento apuesta por las personas emprendedoras e inyecta un impulso económico para que puedan emprender en nuestro municipio y abre el plazo de presentación de solicitudes de la subvención RIBACTIVA EMPRÉN IV - 2024 destinada a trabajadores/as autónomos/as y microempresas que hayan creado su empresa entre el 1 de octubre de 2022 y el 31 de diciembre de 2023 en Riba-roja de Túria.
Requisitos para poder ser beneficiario/a de RIBACTIVA EMPRÉN IV:
1. Personas físicas y jurídicas legalmente constituidas.
2. ¿Qué formas jurídicas podrán ser beneficiarias?
a. Personas físicas: empresario individual en régimen de RETA o profesional en régimen de mutua profesional.
b. Sociedades de responsabilidad limitada.
c. Sociedades colectivas.
d. Entidades sin personalidad jurídica: comunidad de bienes y sociedades civiles.
e. Entidades de economía social: cooperativas de trabajo asociado y sociedades limitadas laborales.
3. Que la actividad económica sea desarrollada en el término municipal de Riba-roja de Túria y/o que el domicilio fiscal esté en Riba-roja de Túria.
4. Que la persona o, al menos, la mitad de las personas que constituyan la empresa se encuentren empadronadas en Riba-roja de Túria con fecha anterior a la publicación de la convocatoria.
5. Que se produzca alta nueva, tanto en la Seguridad Social como en la actividad económica, entre el 1 de octubre de 2022 y el 31 de diciembre de 2023, los dos inclusivamente.
6. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal (AEAT), con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y con el Ayuntamiento de Riba-roja de Túria.
7. Mantener el alta en la actividad y el alta en la Seguridad Social hasta 1 año después de la fecha de efectos del alta en dicho régimen.
Cuantía de la ayuda:
El importe de la ayuda será de hasta 3.000 euros por persona beneficiaria. La cuantía máxima de la subvención se verá incrementada en 2.000 euros en el caso de que la persona beneficiaria presente alguna de las siguientes condiciones como importe máx. 5.000 euros:
- Mujer.
- Persona mayor de 45 años.
- Persona desempleada e inscrita en LABORA durante al menos 12 meses.
- Jóvenes hasta 30 años.
- Personas con diversidad funcional de al menos el 33%.
- Personas con riesgo de exclusión social. Este apartado se justificará con informe de los departamentos de Servicios Sociales Municipales.
¿Como justificar los gastos?
Los gastos deberán estar vinculados directamente a la actividad y deben haberse realizado entre el 1 de octubre de 2022 al 31 de diciembre de 2023.
¿Qué gastos son subvencionables?:
- Gastos de constitución.
- Gastos corrientes y de funcionamiento:
• Arrendamiento del local comercial.
• Compras de mercancías y aprovisionamientos.
• Gastos en suministros de energía eléctrica y comunicaciones.
• Gastos de reparaciones y conservaciones, consumibles de oficina, servicios de profesionales independientes, equipos de protección individual, primas de seguros, publicidad y propaganda.
• Gastos de las cuotas a la Seguridad Social del empresario individual o las cuotas a cargo de la empresa.
• Gastos de intereses de hipotecas vinculadas al establecimiento comercial.
• Cuotas de asociaciones de comerciantes y profesionales.
• Gastos de cursos de formación para aumentar el conocimiento de la persona emprendedora tanto en su sector, como del mercado y uso de las nuevas tecnologías.
• Gastos de elaboración de plan de viabilidad de su negocio realizado por servicios profesionales independientes.
• Gastos de cuotas a las diferentes asociaciones empresariales.
• Otros gastos corrientes vinculados a la actividad.
Plazo de presentación: Del 17 de abril hasta el 30 de junio de 2024 (inclusive)
Medio de presentación: La solicitud, así como sus anexos y cualquier otro documento requerido, deberá presentarse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria y dirigirse a la Agencia de Desarrollo Local.
IMPORTANTE: Al presentar la solicitud de subvención se deberá adjuntar todos los documentos normalizados (Anexos), también se deberán adjuntar los documentos justificativos correspondientes, así como las facturas acreditativas de los gastos y los comprobantes de pago acreditados mediante entidad bancaria.
Más información:
Agencia de Desarrollo Local de Riba-roja
Teléfono: 962779296
Horario de atención: De 8:30 a 14:00 horas de lunes a viernes
Correo de consultas: adl@ribarroja.es
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