El Ayuntamiento de Riba-roja de Túria pone en funcionamiento la Oficina virtual dirigida tanto a la ciudadanía como a las empresas del municipio para que desde esta puedan realizar trámites de forma telemática con el ayuntamiento además de poder consultar su seguimiento, o bien, consultar información acerca de ellos, cumpliendo así con lo que marca la ley. Esto permite al ciudadano una completa disponibilidad del servicio, ya que podrán interactuar con la administración las 24 horas del día, 365 días al año, no siendo necesario ceñirse a un horario de oficinas y facilitará realizar gestiones sin desplazarse físicamente ni realizar esperas.
Únicamente se puede acceder a la plataforma con certificado digital.
Para acceder a la
Oficina virtual cuya dirección es:
https://oficinavirtual.ribarroja.es/PortalCiudadania/, simplemente hay que hacer un clic en la imagen de marca ubicada en la página principal que identifica todos los servicios relacionados con las nuevas tecnologías denominada "riba_red".
Para hacer uso de la plataforma la primera vez que un usuario accede debe solicitar su activación, para ello ha de hacer un clic en el enlace "Registrate" por el que se solicitará la acreditación mediante certificado digital, y seguir las indicaciones del "Manual de activación en la sede electrónica del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria.". El sistema notificará a la cuenta de correo electrónico asociada al certificado digital la confirmación de dicha activación. A partir de este momento el usuario podrá hacer uso de todos los servicios ofrecidos en la sede electrónica.
Esta Oficina virtual está regulada por la Ordenanza reguladora de la Administración Electrónica en el Ayuntamiento de Riba-roja de Túria.
El Ayuntamiento de Riba-roja de Túria desde el 1 de febrero de 2017, en cumplimiento con lo dispuesto en el art. 14.2. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración y los empleados de las Administraciones Públicas, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite en un procedimiento administrativo.
Cualquier colectivo con personalidad jurídica se suscribe automáticamente al servicio de notificaciones electrónicas al darse de alta en la propia Sede con su certificado electrónico. Por ese motivo, es necesario comprobar que la dirección de correo electrónico con la que se ha dado de alta el tercero es correcta. Esta dirección es la que utiliza la Sede electrónica para enviar avisos de notificaciones electrónicas.
Para poder instalar el programa eSignadesktop, que permite el acceso a la Sede electrónica, y el eSignaviewer, que permite visualizar documentos firmados electrónicamente (ficheros con extensión .esig), ha de poseer permisos de administrador del equipo y evitar que el antivirus, o cualquier otra aplicación, impida la correcta instalación de los mismos. En caso necesario, ambos programas se pueden descargar desde el menú "Sobre la sede / Requisitos técnicos".
Para cualquier consulta o incidencia relativa al acceso o gestión de la propia sede electrónica puede dirigirse a osic@ribarroja.es
NOTAS IMPORTANTES:
:: Nota 1 - Sobre Certificados digitales:
- Comprobar que en el navegador está incorporado el certificado digital.
:: Nota 2 - Sobre "Acceso Instancia general":
- Seleccionar "Registro electrónico de entrada" dentro del menú "Servicios" o bien en "Más información de interés".
- Seleccionar "Tramitar una nueva solicitud, escrito o comunicación".
- Al final de la pantalla "Opciones de búsqueda" aparece la "Instancia general".
- A continuación, tras visualizar el certificado, seleccionarlo y acceder.
- En la siguiente ventana aparecerá el modelo de instancia con los datos del certificado incorporados y los campos a rellenar.
:: Nota 3 - Sobre aplicaciones:
- Se pueden descargar desde el menú "Sobre la sede / Requisitos técnicos".
- Para poder instalar el programa eSignadesktop, para acceder a la Sede electrónica, y eSignaviewer, para poder visualizar documentos firmados electrónicamente (extensión .esig), ha de poseer permisos de administrador del equipo y evitar que el antivirus, o cualquier otra aplicación, impida la correcta instalación de los mismos.
En los documentos adjuntos se encuentran: